TH.020 — Artículo 1

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título II (Habilitaciones Urbanas) — TH.020 (2011) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2011

Artículo 1 O.- Las habilitaciones para uso de Comercio Exclusivo Tipo 1, de acuerdo a 1 las características urbanas de la localidad en que se ubican podrán ser del tipo D al A, y serán compatibles con los sectores colindantes, en caso de centros comerciales definidos en la Norma A.070 la ejecución de obras deberá ser Tipo A_o B.

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