IS.010 — Artículo 5

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — IS.010 (2012) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2012

5. AGUA PARA RIEGO 5.1. DISPOSICIONES GENERALES

a) Las instalaciones para riego podrán ser diseñadas formando parte del sistema de distribución de agua de la edificación, o en forma independiente del mismo.

b) El riego de las áreas verdes correspondientes a la edificación podrá hacerse por inundación, con puntos de conexión para mangueras dotadas de sus correspondientes válvulas, por aspersión y por otros sistemas.

c) En el diseño de las instalaciones de riego, con puntos de agua para mangueras, se adoptarán los valores según Tabla.

<table> <thead> <tr> <th>Diámetro manguera (mm)</th> <th>Longitud máxima (m)</th> <th>Area de riego m²</th> <th>Caudal L/s</th> </tr> </thead> <tbody> <tr> <td>15 (1/2")</td> <td>10</td> <td>100</td> <td>0,2</td> </tr> <tr> <td>20 (3/4")</td> <td>20</td> <td>250</td> <td>0,3</td> </tr> <tr> <td>25 (1")</td> <td>30</td> <td>600</td> <td>0,5</td> </tr> </tbody> </table>

La distancia entre los puntos de conexión de manguera será de 1,4 veces la longitud de la manguera.

d) En el diseño de instalaciones de riego con rociadores o aspersores fijos se adoptará lo siguiente:

- Diámetro mínimo de alimentación de cada rociador: 15 mm (1/2").

- Presión mínima en el punto de alimentación de cada rociador: 12 m (0,118 MPa).

- Gasto mínimo de cada rociador: 0,06 L/s.

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e) En el diseño de instalaciones de riego con rociadores o aspersores rotatorios, se adoptará lo siguiente:

- Diámetro mínimo de alimentación de cada rociador: 20 mm (3/4")

- Presión mínima en el punto de alimentación de cada rociador: 20 m (0,196 MPa)

- Gasto mínimo de cada rociador: 0,10 L/s.

f) Las instalaciones de riego podrán ser operadas por secciones, mediante la adecuada instalación de válvulas.

g) Los sistemas de riego deberán estar provistos de dispositivos adecuados, para prevenir posibles conexiones cruzadas por efecto de la existencia de presiones negativas en la red de alimentación.

h) Las válvulas o grifos para conectar mangueras, deberán sobresalir no menos de 0,15 m sobre el nivel del piso.

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