GE.010 — Artículo 1

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — GE.010 (2006) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2006

Artículo 1.- Las normas técnicas contenidas en el presente Título son aplicables en el diseño y ejecución de las edificaciones a nivel nacional. Adicionalmente las edificaciones deben cumplir con lo establecido en el Plan Urbano aprobado de cada distrito.

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