G.030 — Artículo 22

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título I (Generalidades) — G.030 (2006) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2006

Artículo 22.- Son responsables las personas naturales o jurídicas que están directa o indirectamente ligadas con el Proceso de la Construcción. Participan en la: Ejecución, provisión de bienes y servicios, subcontratación de bienes y servicios, y supervisión de la obra.

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