EM.030 — Artículo 3

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — EM.030 (2020) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2020

3. CAMPO DE APLICACIÓN

La presente norma se aplica obligatoriamente en todo el territorio nacional, en el diseño, construcción, instalación y operación de los sistemas de ventilación mecánica para las edificaciones incluidas en las siguientes normas del Reglamento Nacional de Edificaciones:

Para los tipos de edificaciones que no estén comprendidas en este campo de aplicación, el profesional responsable deberá de sustentar técnicamente sus estudios ante la entidad rectora correspondiente.

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