EM.020 — Artículo 6

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — EM.020 (2018) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2018

Artículo 6.- Acceso a servicios de telecomunicaciones

Artículo 6.- Acceso a servicios de telecomunicaciones

La red interna de telecomunicaciones de la edificación debe facilitar que cada usuario por inmueble tenga acceso a la diferente oferta de servicios de telecomunicaciones, establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones (Decreto Supremo N° 013-93-TCC) y en el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones (Decreto Supremo N° 020-2007-MTC).

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