Artículo 23.- Características generales
SUBCAPITULO III: La canalización que une el Gabinete Secundario con el Punto de Acceso al Usuario
Artículo 23.- Características generales
23.1. La canalización debe ser rectilínea, fundamentalmente vertical cuando una el Cuarto de Telecomunicaciones
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Superior con el Inferior, como se muestra en el Gráfico 2 y con capacidad para alojar todos los cables necesarios para la distribución de las señales de los servicios de telecomunicaciones, radiodifusión sonora y televisión al interior del inmueble.
23.2. Se debe instalar en zonas comunes del inmueble cerca del área de ascensores o escaleras de acceso.
23.3. Las canalizaciones deben ser empotradas. En caso que los muros no permitan empotrar las canalizaciones debido a su espesor, se debe tomar en cuenta la opción de ductos o patios libres donde se fijan y protegen estas canalizaciones, por seguridad.
Gráfico N° 2 Esquema referencial de canalización para el cableado vertical
```mermaid graph TD A[Gabinete principal superior] --- B[Gabinete secundario n] B --- C[Gabinete secundario 2] C --- D[Gabinete secundario 1] D --- E[Gabinete principal inferior] ```
Gráfico referencial, pudiendo el proyectista elaborar su propio diseño
23.4. Debido al tipo de construcción, el inmueble puede requerir más de una canalización permitiendo que se instalen varias secciones de distribución vertical para dar servicio a las diferentes zonas del inmueble. Cuando el número de PAU por piso sea superior a 8, se debe disponer de más de una distribución vertical, atendiendo cada una de ellas a un número máximo de 8 PAU por piso. En inmuebles con distribución en varias verticales, cada vertical debe tener su canalización independiente, partiendo todas ellas del gabinete de telecomunicaciones superior o inferior.
23.5. En el caso de conjuntos de inmuebles independientes (por ejemplo, condominios), la canalización debe ser rectilínea y con capacidad para alojar todos los cables necesarios para los servicios que distribuye la red interna de Telecomunicaciones. Cada canalización debe atender a un número máximo de 8 PAU. Su instalación puede ser subterránea, empotrada o ambas, exclusivas para redes de telecomunicación.
23.6. Las canalizaciones se deben realizar en áreas comunes y en zonas accesibles para su adecuado mantenimiento.
23.7. Canalización por ductos
a) En el caso que la canalización se implemente mediante ductos, su número se debe determinar en función de la Tabla 8.
b) El número de canalizaciones depende de la configuración de la estructura propia del inmueble. Se debe realizar mediante ductos de 50 mm de diámetro y de pared interior lisa.
c) El número de cables por ducto es tal que la suma de las superficies de las secciones transversales de todos ellos no supere el 60% de la superficie de la sección transversal útil del ducto. Su dimensionamiento mínimo debe ser de acuerdo con la Tabla 8.
d) Los tramos horizontales de la canalización que unen distintas verticales se deben dimensionar con la capacidad para alojar los cables necesarios para los servicios que se distribuyan en función del número de puntos de acceso a conectar.
e) Se debe identificar mediante señales legibles y perdurables cada uno de los ductos para la utilización a la que están destinados.
23.8. Canalización por canaletas
a) En el caso que la canalización se implemente mediante el uso de canaletas o bandejas, el dimensionamiento debe ir en función del número (PAU), de viviendas, oficinas o locales comerciales del inmueble con un compartimento independiente
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para cada tipo de cable, que permita la distribución de las señales de cada uno de los servicios de telecomunicaciones, radiodifusión sonora y televisión al interior del inmueble.
b) El número de canalizaciones debe depender de la configuración de la estructura del inmueble
be ir en función del número (PAU), de viviendas, oficinas o locales comerciales del inmueble con un compartimento independiente
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para cada tipo de cable, que permita la distribución de las señales de cada uno de los servicios de telecomunicaciones, radiodifusión sonora y televisión al interior del inmueble.
b) El número de canalizaciones debe depender de la configuración de la estructura del inmueble c) Para su dimensionamiento se deben aplicar las reglas específicas de dimensionamiento de canaletas definidas en el acápite de canalizaciones hacia el Cuarto de Telecomunicaciones (Ver Subcapítulo I), siendo el número de cables y su dimensión el determinado en el proyecto de red del inmueble.
d) En el caso de que por cada compartimento se alojen más de ocho cables, éstos deben ser agrupados y asegurados en no más de ocho cables, identificándolos adecuadamente. La canalización principal se debe instalar, siempre que la edificación lo permita, en espacios previstos para el paso de instalaciones de este tipo, como bandejas de servicio o cajas de paso en las zonas comunes del inmueble.
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