EM.020 — Artículo 20

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — EM.020 (2018) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2018

Artículo 20.- Características generales

20.1. Debe estar constituida por canalizaciones de acuerdo a las tablas 5 y 6 y con un mínimo de 50 mm de diámetro interior.

20.2. El dimensionamiento de los ductos se debe realizar en función a la Tabla 5.

20.3. Se debe etiquetar cada uno de los ductos para señalar la utilización a la que están destinados.

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**NORMAS LEGALES**

Lunes 3 de diciembre de 2018 /

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20.4. Las canalizaciones pueden llegar tanto al Cuarto de Telecomunicaciones Superior o Inferior.

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