Artículo 19.- Características mínimas
19.1. Las cajas terminales deben ir empotradas en la pared, y deben disponer para la fijación del elemento de conexión (toma de usuario) de por lo menos, dos orificios para tornillos separados entre sí.
19.2. Las dimensiones internas mínimas de las cajas deben ser de 55 mm de ancho, 100 mm de largo y 50 mm de profundidad para cajas metálicas, así como para cajas no metálicas, garantizando siempre espacio suficiente para alojar los elementos.
19.3. Para cajas de otra geometría, las dimensiones deben garantizar el cumplimiento técnico conforme a lo dispuesto en el Código Nacional de Electricidad (lo relativo a tomacorrientes, cajas de salida, enchufes o similares). No deben ser menores a 210 cm³.
19.4. En aquellas habitaciones, excluidos baños y depósitos, en las que no se instalen tomas, debe existir una caja terminal, no específicamente asignada a un tipo de cable, pero que puede ser configurada posteriormente por el usuario.
19.5. Debe existir un tomacorriente cerca de cada caja terminal a una distancia máxima de 0,50 m.