Artículo 3º.- DEFINICIONES Para la aplicación de lo dispuesto en la presente Norma, se entiende por: - DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA.- Es recibir la energía eléctrica de los generadores o transmisores en los puntos de entrega, en bloque y entregarla a los usuarios finales. - CONCESIONARIO.- Persona natural o jurídica encargada de la prestación del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica. - ZONA DE CONCESIÓN.- Área en la cual el concesionario presta el servicio público de distribución de electricidad. - SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN.- Conjunto de instalaciones para la entrega de energía eléctrica a los diferentes usuarios, comprende: - Subsistema de distribución primaria; - Subsistema de distribución secundaria; - Instalaciones de alumbrado público; - Conexiones; - Punto de entrega. - SUBSISTEMA DE DISTRIBUCIÓN PRIMARIA.- Es aquel destinado a transportar la energía eléctrica producida por un sistema de generación, utilizando eventualmente un sistema de transmisión, y/o un subsistema de subtransmisión, a un subsistema de distribución secundaria, a las instalaciones de alumbrado público y/o a las
conexiones para los usuarios, comprendiendo tanto las redes como las subestaciones intermediarias y/o finales de transformación. - RED DE DISTRIBUCIÓN PRIMARIA.- Conjunto de cables o conductores, sus elementos de instalación y sus accesorios, proyectado para operar a tensiones normalizadas de distribución primaria, que partiendo de un sistema de generación o de un sistema de transmisión, está destinado a alimentar/interconectar una o más subestaciones de distribución; abarca los terminales de salida desde el sistema alimentador hasta los de entrada a la subestación alimentada. - SUBESTACIÓN DE DISTRIBUCIÓN.- Conjunto de instalaciones para transformación y/o seccionamiento de la energía eléctrica que la recibe de una red de distribución primaria y la entrega a un subsistema de distribución secundaria, a las instalaciones de alumbrado público, a otra red de distribución primaria o a usuarios.
Comprende generalmente el transformador de potencia y los equipos de maniobra, protección y control, tanto en el lado primario como en el secundario, y eventualmente edificaciones para albergarlos. - SUBSISTEMA DE DISTRIBUCIÓN SECUNDARIA.- Es aquel destinado a transportar la energía eléctrica suministrada normalmente a bajas tensiones, desde un sistema de generación, eventualmente a través de un sistema de transmisión y/o subsistema de distribución primaria, a las conexiones. - INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO.- Conjunto de dispositivos necesarios para dotar de iluminación a vías y lugares públicos (avenidas, jirones, calles, pasajes, plazas, parques, paseos, puentes, caminos, carreteras, autopistas, pasos a nivel o desnivel, etc.), abarcando las redes y las unidades de alumbrado público. - SISTEMA DE UTILIZACIÓN.- Es aquel constituido por el conjunto de instalaciones destinado a llevar energía eléctrica suministrada a cada usuario desde el punto de entrega hasta los diversos artefactos eléctricos en los que se produzcan su transformación en otras formas de energía.
Esquema General de la Red o Sistema Eléctrico