E.040 — Artículo 16

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — E.040 (2025) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2025

Artículo 16.- Barreras cortafuego y cortahumo

Artículo 16.- Barreras cortafuego y cortahumo

En todo sistema de acristalamiento donde exista la posibilidad de traspaso de fuego o humo de un nivel a otro superior, deben instalarse selladores cortafuego y barreras cortahumo (ambas con propiedades de resistencia iguales), según lo establecido en la Norma Técnica A130 Requisitos de seguridad del RNE.

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