E.040 — Artículo 13

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — E.040 (2025) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2025

Artículo 13.- Anclajes

Artículo 13.- Anclajes

13.1 El profesional responsable debe definir el anclaje en función de su resistencia estructural a fin que soporte las cargas consideradas en el diseño del sistema de acristalamiento.

13.2 Los anclajes pueden ser de aluminio anodizado, de acero A37 galvanizado en caliente o de acero inoxidable, acreditando la aleación para su adecuada protección ante los efectos ambientales (impacto a la corrosión) para una apropiada resistencia estructural.

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