E.030 — Artículo 35

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — E.030 (2026) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2026

Artículo 35.- Distribución de la fuerza sísmica en altura

Artículo 35.- Distribución de la fuerza sísmica en altura

35.1. Las fuerzas sísmicas horizontales en cualquier nivel $i$, correspondientes a la dirección considerada, se calculan mediante:

$$ F_i = \alpha_i \cdot V $$

$$ \alpha_i = \frac{P_i(h_i)^k}{\sum_{j=1}^{n} P_j(h_j)^k} $$

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35.2. Donde $n$ es el número de pisos del edificio, $k$ es un exponente relacionado con el período fundamental de vibración de la estructura ($T$), en la dirección considerada, que se calcula de acuerdo a:

a) Para $T$ menor o igual a 0,5 segundos: $k = 1,0$.

b) Para $T$ mayor que 0,5 segundos: $k = (0,75 + 0,5 T) \leq 2,0$.

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