E.030 — Artículo 21

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — E.030 (2026) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2026

Artículo 21.- Categoría de las edificaciones y sistemas estructurales

Artículo 21.- Categoría de las edificaciones y sistemas estructurales

21.1. De acuerdo a su categoría y la zona donde se ubique, la edificación se proyecta empleando el sistema estructural que se indica en la Tabla Nº 8 de la presente Norma Técnica y respetando las restricciones a la irregularidad de la Tabla Nº 13 de la presente Norma Técnica, conforme lo establecido en la siguiente tabla:

<table> <thead> <tr> <th colspan="3">Tabla Nº 9</th> </tr> <tr> <th colspan="3">Categoría y sistema estructural de las edificaciones</th> </tr> <tr> <th>Categoría de la edificación</th> <th>Zona</th> <th>Sistema estructural</th> </tr> </thead> <tbody> <tr> <td rowspan="2">A<sub>1</sub></td> <td>4 y 3</td> <td>Aislamiento sísmico con cualquier sistema estructural.</td> </tr> <tr> <td>2 y 1</td> <td>Estructuras de acero tipo SCBF y EBF.<br/>Estructuras de concreto: sistema dual, muros de concreto armado.<br/>Albañilería armada o confinada.</td> </tr> <tr> <td rowspan="2">A<sub>2</sub> (*)</td> <td>4, 3 y 2</td> <td>Estructuras de acero tipo SCBF y EBF.<br/>Estructuras de concreto: sistema dual, muros de concreto armado.<br/>Albañilería armada o confinada.</td> </tr> <tr> <td>1</td> <td>Cualquier sistema.</td> </tr> </tbody> </table>

---

<page_number>16</page_number>

**NORMAS LEGALES**

Domingo 3 de mayo de 2026 / El Peruano logo

<table> <thead> <tr> <th colspan="3">Tabla Nº 9<br/>Categoría y sistema estructural de las edificaciones</th> </tr> <tr> <th>Categoría de la edificación</th> <th>Zona</th> <th>Sistema estructural</th> </tr> </thead> <tbody> <tr> <td rowspan="2">B</td> <td>4, 3 y 2</td> <td>Estructuras de acero tipo SMF, IMF, SCBF, OCBF y EBF.<br/>Estructuras de concreto: Pórticos, sistema dual, muros de concreto armado.<br/>Albañilería armada o confinada.<br/>Estructuras de madera.</td> </tr> <tr> <td>1</td> <td>Cualquier sistema.</td> </tr> <tr> <td>C</td> <td>4, 3, 2 y 1</td> <td>Cualquier sistema.</td> </tr> </tbody> </table>

\* Para pequeñas construcciones rurales, como escuelas y postas médicas, se puede usar materiales tradicionales siguiendo las disposiciones de las normas correspondientes a dichos materiales.

21.2. Para edificaciones con cobertura liviana se permite usar cualquier sistema estructural.

¿Tienes una duda sobre este artículo? Pregúntale a YARK gratis — audita tu proyecto contra el RNE y las ordenanzas municipales vigentes.