E.020 — Artículo 19

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — E.020 (2006) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2006

Artículo 19.- COMBINACIÓN DE CARGAS PARA DISEÑOS POR ESFUERZOS ADMISIBLES

Excepto en los casos indicados en las normas propias de los diversos materiales estructurales, todas las cargas consideradas en la presente Norma se considerará que actúan en las siguientes combinaciones, la que produzca los efectos más desfavorables en el elemento estructural considerada, con las reducciones, cuando sean aplicables, indicadas en el Artículo 10.

(1) D

(2) D + L

(3) D + (W ó 0,70 E)

(4) D + T

(5) α [D + L + (W ó 0,70 E)]

(6) α [D + L + T]

(7) α [D + (W ó 0,70 E) + T]

(8) α [D + L + (W ó 0,70 E) + T]

**Donde:**

D = Carga muerta, según Capítulo 2

L = Carga viva, Capítulo 3

W = Carga de viento, según Artículo 12

E = Carga de sismo, según NTE E.030 Diseño Sismorresistente

T = Acciones por cambios de temperatura, contracciones y/o deformaciones diferidas en los materiales componentes, asentamientos de apoyos o combinaciones de ellos.

α = Factor que tendrá un valor mínimo de 0,75 para las combinaciones (5), (6) y (7); y de 0,67 para la combinación (8). En estos casos no se permitirá un aumento de los esfuerzos admisibles.

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