A.130 — Artículo 208

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — A.130 (2012) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2012

Artículo 208.- Las edificaciones dedicadas a casinos y/o tragamonedas deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos de seguridad:

<table> <thead> <tr> <th>REQUISITOS MÍNIMOS</th> <th>ÁREA<sup>(1)</sup> MENOR A 100 m²</th> <th>ÁREA<sup>(1)</sup> MAYOR A 100 m² y MENOR A 750 m²</th> <th>ÁREA<sup>(1)</sup> MAYOR A 750 m²</th> </tr> </thead> <tbody> <tr> <td>Sistema de detección y alarma de incendios centralizado</td> <td>-</td> <td>Obligatorio</td> <td>Obligatorio</td> </tr> <tr> <td>Iluminación de emergencia</td> <td>Obligatorio</td> <td>Obligatorio</td> <td>Obligatorio</td> </tr> <tr> <td>Señalización de emergencia</td> <td>Obligatorio</td> <td>Obligatorio</td> <td>Obligatorio</td> </tr> <tr> <td>Extintores portátiles<sup>(4)</sup></td> <td>Obligatorio</td> <td>Obligatorio</td> <td>Obligatorio</td> </tr> <tr> <td>Red húmeda de agua contra incendios y gabinetes de mangueras</td> <td>-</td> <td>-</td> <td>Obligatorio</td> </tr> <tr> <td>Sistema de rociadores</td> <td>-</td> <td>Obligatorio<sup>(2)(3)</sup></td> <td>Obligatorio</td> </tr> </tbody> </table>

<sup>(1)</sup> El término "ÁREA" se encuentra referido a la sumatoria de todos los niveles del casino y/o tragamonedas.

<sup>(2)</sup> Únicamente aquellos ubicados bajo el nivel del piso

<sup>(3)</sup> Cuando los requerimientos de agua (caudal y presión) del sistema de rociadores puedan ser abastecidos por el servicio de agua de la localidad, éstos podrán conectarse directamente con la red pública, siempre que el sistema de abastecimiento sea confiable y cuando exista una compañía de bomberos en la localidad.

<sup>(4)</sup> Se debe utilizar extintores que contengan agentes de extinción para tipo de fuego "A", "B", "C", que no causen problemas de visión, respiración y que no sean conductores eléctricos, de acuerdo a las Normas Técnicas Peruanas del INDECOPI. No está permitido el uso de extintores portátiles con agentes de polvo químico seco.

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