# Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE ## Norma Técnica A.120 ### Accesibilidad Universal en Edificaciones
### Artículo 26.- Zona de espectadores
* **g) Asientos y espacios reservados**: No deben estar **separados de los demás asientos**. * Al menos **uno** de estos espacios debe ubicarse **al lado de un asiento de espera**. * Referencia: **Gráfico 16c**.
[ESQUEMA: Gráfico 16b - Asientos anchos en zonas de espectadores] Descripción: Representación de una fila de asientos en una zona de espectadores. * **Ancho mínimo de un asiento**: 0.80 m. * **Profundidad del espacio de asiento**: 0.80 m.
[ESQUEMA: Gráfico 16c - Espacios para sillas de ruedas en zonas de espectadores] Descripción: Ilustración de un espacio para silla de ruedas integrado en una fila de asientos. * **Ancho del espacio para silla de ruedas**: 0.90 m. * **Profundidad del espacio para silla de ruedas**: 1.20 m. * **Condición**: Asientos y espacios reservados no deben estar separados de los demás asientos.
### Artículo 27.- Habitaciones para hospedaje
* Las edificaciones que cuenten con habitaciones para hospedaje deben cumplir con los **siguientes requisitos** (los requisitos específicos no se detallan en esta página).