A.120 — Artículo 22

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — A.120 (2023) · Perú · Vigente desde 17 de febrero de 2023

### Artículo 22.- Módulos de pago * **a) Ubicación de módulos de pago**: En estacionamientos con sistema de pago de ticket, los módulos deben ubicarse en el **mismo nivel** que los estacionamientos accesibles, para evitar que la persona deba trasladarse a otro nivel para realizar el pago. * **b) Diseño del módulo de pago**: El módulo debe considerar las **condiciones de diseño** establecidas en los **Artículos 10 y 11** de la presente Norma Técnica.

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