Artículo 2.- Publicación y Difusión
Publicar la presente Resolución Ministerial y la Norma Técnica a que se refiere el artículo precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial y la Norma Técnica en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
**SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI**
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento
# NORMA TÉCNICA A.020 VIVIENDA DEL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
La presente Norma Técnica es de aplicación obligatoria a nivel nacional, para todas aquellas edificaciones residenciales, que tienen como uso principal o exclusivo la residencia.