A.020 — Artículo 2

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — A.020 (2021) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2021

Artículo 2.- Publicación y Difusión

Publicar la presente Resolución Ministerial y la Norma Técnica a que se refiere el artículo precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial y la Norma Técnica en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

**SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI**

Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento

# NORMA TÉCNICA A.020 VIVIENDA DEL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES

Artículo 2.- Ámbito de aplicación

La presente Norma Técnica es de aplicación obligatoria a nivel nacional, para todas aquellas edificaciones residenciales, que tienen como uso principal o exclusivo la residencia.

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