A.010 — Artículo 43

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — A.010 (2021) · Perú · Vigente desde 8 de julio de 2021

## Artículo 43.- Residuos sólidos ### 43.1 Ambientes de almacenamiento * Las edificaciones deben implementar **ambientes específicos** para el **almacenamiento de residuos sólidos**. * Estos ambientes deben contener los **contenedores necesarios**. * La capacidad de los contenedores debe ser suficiente para la **cantidad de basura generada en un día** por la población.

## Capítulo VII ### Ductos

### 43.2 Características de los ambientes para almacenamiento de residuos sólidos * Las **dimensiones** deben ser las necesarias para la colocación de contenedores y la manipulación de recipientes llenos. * Debe preverse un **espacio** para carretillas o herramientas de manipulación. * Las **paredes y pisos** deben ser de materiales de fácil limpieza. * El **sistema de ventilación** debe ser natural o mecánico, protegido contra el ingreso de roedores. * Los **cuartos que reciben basura a través de ductos** deben ser resistentes al fuego por **1 hora** y disponer de protección por rociadores.

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