A.010 — Artículo 29

Reglamento Nacional de Edificaciones — Título III (Edificaciones) — A.010 (2021) · Perú · Vigente desde 1 de enero de 2021

## Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE ### Norma Técnica A.010 ### Condiciones Generales de Diseño

### 28.2 Debe cumplir con las siguientes características: * Contar con una **rejilla de ingreso de aire a presión** en cada nivel. * Contar con un **sistema mecánico** que inyecte aire a presión dentro de la caja de la escalera. * Las **características de las escaleras presurizadas** se indican en la Norma Técnica A.130, **Requisitos de Seguridad del RNE**. * Estar **cerradas al exterior**. * **No están permitidas** en edificaciones residenciales.

[ESQUEMA: Escaleras Presurizadas - Configuración 1] [ESQUEMA: Escaleras Presurizadas - Configuración 2]

### Artículo 29.- Escaleras Abiertas (B3) Debe cumplir con las siguientes características: * Están **abiertas al exterior** por lo menos en uno de sus lados, con una **superficie de al menos 1.50 m²** en cada piso. * El **vano abierto al exterior** debe estar a una **distancia de 3.00 m o más** de un vano de la edificación a la que sirve. * La **separación de 3.00 m** debe ser medida **horizontal y perpendicular al vano**; asimismo, debe mantener la **resistencia al fuego de la escalera**.

# Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE ## Norma Técnica A.010 ### Condiciones Generales de Diseño

### Artículo 29.- Escaleras Abiertas (B3)

* **d) Aceptación para edificaciones altas**: Esta tipología de escalera es aceptada para edificaciones con alturas **mayores a 30.00 m**. * **Condición de diseño**: El diseño debe **minimizar la percepción de vértigo**, lo cual se refiere al impacto visual de la altura sobre las personas que evacúan.

### Esquemas de Planta de Escalera Abierta

[ESQUEMA: Dos vistas en planta de una escalera abierta, mostrando el muro cortafuego y las distancias de seguridad para el vano de apertura al exterior.]

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