Artículo 5.- Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: a) Analizar la Norma Técnica A.130 Requisitos de Seguridad del Reglamento Nacional de Edificaciones. b) Aportar casuística sobre los alcances y aplicación de la referida Norma Técnica. c) Elaborar la propuesta de actualización de la Norma Técnica A.130 Requisitos de Seguridad del Reglamento Nacional de Edificaciones.