680-2026-MDB — Artículo 8

Ordenanza que regula el procedimiento de visación de planos para trámites de prescripción adquisitiva de dominio título supletorio y determinación y/o rectificación de área linderos y medidas perimétricas · Barranco, Lima · Vigente desde 5 de julio de 2026

Artículo 8.- APLICACIÓN DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO Transcurrido el plazo del procedimiento administrativo sin que la Municipalidad notifique el pronunciamiento correspondiente, se aplica el silencio administrativo negativo, debido a que la petición del administrado corresponde a una etapa de procedimientos de inscripción registral, es de aplicación el silencio administrativo negativo, conforme a lo establecido en el artículo 38 del TUO de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

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