680-2026-MDB — Artículo 3º

Ordenanza que regula el procedimiento de visación de planos para trámites de prescripción adquisitiva de dominio título supletorio y determinación y/o rectificación de área linderos y medidas perimétricas · Barranco, Lima · Vigente desde 5 de julio de 2026

Artículo 3º.- ÓRGANOS COMPETENTES La Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano de la Gerencia de Desarrollo Urbano, es competente evaluar y resolver las solicitudes de visación de planos para trámites de prescripción adquisitiva de dominio, título supletorio y determinación y/o rectificación de área, linderos y medidas perimétricas, así como pronunciarse sobre los recursos de reconsideración que se interpongan. Asimismo, corresponde a la Gerencia de Desarrollo Urbano pronunciarse sobre los recursos de apelación que se interpongan contra el pronunciamiento emitido por la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, que resuelve la solicitud de visación de planos para trámites de prescripción adquisitiva de dominio, título supletorio y determinación y/o rectificación de área, linderos y medidas perimétricas.

¿Tienes una duda sobre este artículo? Pregúntale a YARK gratis — audita tu proyecto contra el RNE y las ordenanzas municipales vigentes.