Artículo 3º.- ÓRGANOS COMPETENTES La Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano de la Gerencia de Desarrollo Urbano, es competente evaluar y resolver las solicitudes de visación de planos para trámites de prescripción adquisitiva de dominio, título supletorio y determinación y/o rectificación de área, linderos y medidas perimétricas, así como pronunciarse sobre los recursos de reconsideración que se interpongan. Asimismo, corresponde a la Gerencia de Desarrollo Urbano pronunciarse sobre los recursos de apelación que se interpongan contra el pronunciamiento emitido por la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, que resuelve la solicitud de visación de planos para trámites de prescripción adquisitiva de dominio, título supletorio y determinación y/o rectificación de área, linderos y medidas perimétricas.