Artículo 17.- VIGENCIA DE LA ORDENANZA La presente ordenanza entra en vigencia al día siguiente de la publicación del acuerdo de ratificación emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo 17.- VIGENCIA DE LA ORDENANZA La presente ordenanza entra en vigencia al día siguiente de la publicación del acuerdo de ratificación emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima.