Artículo 5 UBICACIÓN DEL EQUIPAMIENTO Y USOS ESPECIALES "OU"
CAPITULO II DE LAS ALTURAS DE EDIFICACIÓN Y LAS ÁREAS LIBRES
Artículo 5.- UBICACIÓN DEL EQUIPAMIENTO Y USOS ESPECIALES “OU”
El plano de Zonificación recoge el Equipamiento Educativo y de Salud existente. La propuesta de nuevos locales para dichos usos deberá ubicarse en lotes a los que les corresponda Zonificación de Equipamiento o adecuarse a lo establecido en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas, los Estándares de Calidad y Niveles Operacionales vigentes.
Para el caso de los Usos Especiales “OU”, la compatibilidad con la zonificación la determinará la Municipalidad de Miraflores a través de la Gerencia de Planificación o quien haga sus veces, teniendo en cuenta el uso propuesto y el entorno urbano en el que se encuentra.