342-2011-MM — Artículo 11

Ordenanza que aprueba los parámetros urbanísticos y edificatorios y las condiciones generales de... · Miraflores, Lima · Vigente desde 22 de julio de 2019

USO UN (1) ESTACIONAMIENTO CADA: Hostales, Hoteles y Apart-Hoteles (6) Según lo que establece el RNE

Artículo 11.- NÚMERO MÍNIMO DE ESTACIONAMIENTOS PARA USO COMERCIALLas obras nuevas de edificación, las remodelaciones y las ampliaciones deberán cumplir dentro de los límites del lote con el número de estacionamientos que se exige en el Cuadro Nº 3 de la presente Ordenanza. Para el cálculo del número de vehículos la fracción igual a 0.5 no se redondeará a la unidad superior. Para los giros de comercio local existentes con un área total de hasta 40.00 m2, no se exigirán estacionamientos al interior del lote.En edificaciones con uso mixto comercial y residencial, se requerirá un número total de estacionamientos equivalente a la suma de los requeridos por el uso comercial y los correspondientes al uso residencial, debiendo ambos estacionamientos estar independientes de tal manera que los usuarios de los estacionamientos de uso comercial no tengan acceso a los estacionamientos correspondientes a las unidades de vivienda.En vías peatonales y/o vías de preferencia peatonal, no se exigirá requerimiento de estacionamientos.

¿Tienes una duda sobre este artículo? Pregúntale a YARK gratis — audita tu proyecto contra el RNE y las ordenanzas municipales vigentes.