Artículo 6.- Los proyectos a realizarse dentro de la Zona de Reglamentación Especial (ZRE) deberán considerar para la etapa de habilitación urbana o edificación, presentar los estudios requeridos (estudio de impacto ambiental -EIA-, estudio de impacto vial - EIV, estudio de mecánica de suelos - EMS, entre otros estudios complementarios) según señala la normativa nacional y sectorial vigente.