2835 — Artículo 5

Ordenanza que aprueba el Plan Específico Lomas de Manchay Alto · Lima Metropolitana · Vigente desde 23 de julio de 2026

Artículo 5.- El estudio de impacto vial - EIV, a presentarse en la etapa de habilitación urbana, deberá de incluir lo siguiente: • Rediseño de la geometría de la vía local, a una sección vial normativa valida de 10.20 m. • Plano de Integración Vial que muestre el diseño de las intersecciones en el entorno inmediato para garantizar la continuidad de la ciclovía y las rutas peatonales. • Diseño de una zona de carga y descarga, dado que el uso de suelo de Comercio Zonal propuesto colapsará la sección de 10.20 m si no se prevé́ espacio fuera de la calzada de flujo. • Compromiso del administrado de ejecución de las obras de movilidad sostenible (paraderos, señalización) y otras requeridas, además de garantizar un monitoreo periódico de tráfico a presentarlo a la municipalidad distrital.

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