Artículo 3.- Considerar como marco regulador el Índice de Uso para la Ubicación de Actividades Urbanas – IUUAU, aprobado mediante Ordenanza Nº 933, del Área de Tratamiento Normativo – ATN I, correspondiente a la Zonificación de Industria Liviana I2.
Artículo 3.- Considerar como marco regulador el Índice de Uso para la Ubicación de Actividades Urbanas – IUUAU, aprobado mediante Ordenanza Nº 933, del Área de Tratamiento Normativo – ATN I, correspondiente a la Zonificación de Industria Liviana I2.