1098 — Artículo DCF-4

Ordenanza que aprueba el reajuste integral de la zonificación de los usos del suelo del distrito de San Miguel · San Miguel, Lima · Vigente desde 11 de diciembre de 2007

Cuarta.- Ratifíquese que los Aportes resultantes de los procesos de las Habilitaciones Urbanas, son inalienables, inembargables e imprescriptibles y, en ningún caso, pueden ser transferidos a particulares y modificarse el uso para el que fueron destinados. Teniendo en cuenta el objeto social del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA y el Fondo Municipal de Renovación Urbana - FOMUR y el Ministerio de Educación, éstos podrán enajenar los bienes que reciben en aportes de acuerdo a su normativa vigente. En consecuencia, autorícese a la Municipalidad Distrital para que, cuando se produzcan las transferencias de dichos aportes, a éstos se les otorgue los

Parámetros Urbanísticos y Edificatorios que corresponden a la zonificación del entorno inmediato.

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