Primera.- Garantícese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonificación e Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del Distrito de San Miguel que se aprueba mediante la presente Ordenanza, disponiéndose que los mismos, dentro de dos años, sean evaluados
Sistema Peruano de Información Jurídica 9/07/2019 12:40:30 Página 3 Actualizado al: 27/05/2019 conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Distrital correspondiente, pudiendo ser reajustados en lo pertinente. Excepcionalmente y a pedido de las Municipalidad Distrital, se podrán realizar modificaciones al Indice de Usos, a partir de 180 días calendario de su aplicación. Durante dicho período, se suspenden los Cambios Específicos de Zonificación, salvo que excepcionalmente se promuevan inversiones que se califiquen de Interés Local por el Concejo Distrital de San Miguel o de Interés Metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para lo cual, se seguirá el proceso que se precisa en la Segunda Disposición Final. Las Ordenanzas Metropolitanas sobre Cambios Específicos de Zonificación, promulgadas
con anterioridad a la presente Ordenanza tienen plena vigencia hasta el Plazo establecido en el Primer Párrafo del presente Disposición Final.