Cuarta.- Dispóngase que dentro del plazo de 180 (ciento ochenta) días calendario y de acuerdo a lo precisado en el Artículo 8º de esta Ordenanza, la Autoridad del Proyecto Costa Verde formule y presente a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la propuesta de actualización del Plan Maestro de Desarrollo de la
Costa Verde para su ratificación por Ordenanza Metropolitana.