Segunda.- Dispóngase, que dentro del plazo de 90 (noventa) días calendario, las Municipalidades Distritales de San Isidro y Magdalena del Mar, formulen y aprueben por Decreto de Alcaldía, las Normas sobre Estándares de Calidad y el Cuadro de Niveles Operacionales para la Localización de Actividades Urbanas en el distrito.