ORD-MML-950 — Artículo DCF-4

Ordenanza MML N° 950 — Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo del distrito de San Isidro y un sector de Magdalena del Mar (Área de Tratamiento Normativo III) · San Isidro, Lima · Vigente desde 16 de junio de 2006

Cuarta.- Ratifíquese que los Aportes resultantes de los procesos de las Habilitaciones Urbanas, son inalienables, inembargables e imprescriptibles y, en ningún caso, pueden ser transferidos a particulares y modificarse el uso para el que fueron destinados. Teniendo en cuenta el objeto social del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA y el Fondo Municipal de Renovación Urbana - FOMUR, éstos podrán enajenar los bienes que reciben en aportes de acuerdo a su normativa, de conformidad con la Ordenanza Nº 836- MML.

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