Segunda.- Establézcase un régimen excepcional de Cambios Específicos de Zonificación que promueva la inversión pública o privada, debidamente sustentados y declarados de interés local y/o metropolitano por las Municipalidades Distritales de San Isidro y Magdalena del Mar y/o por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para lo cual deberá cumplirse el siguiente procedimiento: 1º Los interesados presentarán sus iniciativas a las Municipalidades Distritales respectivas. 2º La Municipalidad Distrital respectiva, evaluando técnicamente el comportamiento de la Zonificación en el área urbana y tomando en cuenta la opinión de los vecinos directamente afectados (ubicados en ambos frentes de