Artículo 11º.- Aplicación de las Normas Generales de Zonificación de los Usos del Suelo.- Establecer que los casos que planteen los propietarios de predios de los distritos de San Isidro y Magdalena del Mar, respecto a la aplicación de cualquiera de los Planos y Normas Generales de Zonificación de los Usos del Suelo aprobadas por la presente Ordenanza, en la revisión de anteproyectos y proyectos arquitectónicos, se resuelvan en Primera Instancia a través de la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos de la Municipalidad Distrital y en Segunda Instancia, a través de la Comisión Técnica Calificadora Provincial de Proyectos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de conformidad a lo que dispone el Reglamento de la Ley Nº 27157, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC del 27 de febrero de 2000 y Decreto Supremo Nº 011- 2005-VIVIENDA de fecha 12 de mayo del 2005. En caso de interpretación de las Normas de Zonificación aprobadas, la competencia es del Concejo Metropolitano de Lima.