Tercera.- Dispóngase, que dentro del plazo de 90 días calendario, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, formule y apruebe por Decreto de Alcaldía, el Reglamento de Ubicación de Actividades Urbanas (Estándares de Calidad) y Cuadro de Niveles Operacionales para la localización de Actividades Urbanas en el distrito.