Primera.- Garantícese la estabilidad y vigencia de los Planos y Normas de Zonificación de los Usos del Suelo del distrito de Santiago de Surco que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiéndose que los mismos, dentro de dos años, sean revisados y evaluados conjuntamente por la Municipalidad Distrital y la Municipalidad Metropolitana de Lima, pudiendo ser reajustados en lo pertinente. Los Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios emitidos con anterioridad mantendrán su vigencia por el período que fueron otorgados,
pudiendo el propietario optar por la nueva Zonificación de convenir a sus intereses, recabando para ello un nuevo Certificado. La presente Ordenanza garantiza los derechos adquiridos respecto a las normas anteriores de Zonificación, precisando que no se establecen calificaciones, parámetros o consideraciones menores al tipo de Zona que anteriormente tenían los predios.