Artículo 3.- Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del Cercado de Lima: Aprobar los Índices de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del Centro Histórico y del Cercado de Lima, los mismos que forman parte de la presente Ordenanza como Anexo Nº 3. (*)
[PAGINA_5] (*) De conformidad con el Artículo 2 del Decreto de Alcaldía N° 061, publicado el 08 octubre 2006, se modifica los Índices de Uso para la Ubicación de Actividades Urbanas del Centro Histórico y del Cercado de Lima, aprobados con la presente Ordenanza, a fin de determinar la Ubicación Conforme de la actividad urbana identificada en la codificación CIIU con el código O.90.0.0.01 Actv. dilución, cribado, filtración y sedimentación con la zonificación I2. (*) De conformidad con el Artículo Segundo del Decreto de Alcaldía N° 040, publicado el 11 mayo 2009, se incorpora al Índice de Usos las Actividades Deportivas y otras Actividades de Esparcimiento. (*) De conformidad con la Primera Disposición Complementaria de la Ordenanza N° 1340,