ORD-MML-1849 — Artículo DCF-5

Ordenanza MML N° 1849 — Aprueba la Anexión al Área Urbana y el Reajuste de la Zonificación de los Usos del Suelo del distrito de Carabayllo (modifica el Plano de la Ordenanza N° 1105-MML) · Carabayllo, Lima · Vigente desde 27 de diciembre de 2014

QUINTA.- Regularización de Habilitaciones Urbanas en islas rústicas consolidadas A partir de la vigencia de la presente ordenanza, en forma excepcional se otorga un plazo de sesenta días calendarios, con fines de regularización, a los propietarios de los predios ubicados en las zonas calificadas como Residenciales aprobados en la presente Ordenanza y que a la fecha se encuentran en condición de áreas rústicas consolidadas y cuya área y/o frente de lote existente no cumplen con el mínimo normativo establecido en los Cuadros N° 01 y 04 del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios que como anexo 3 forman parte de la presente Ordenanza a excepción del Área 4: Zona de Riesgo de Inundación Fluvial. En el proceso de regularización de las habilitaciones urbanas establecidas en el presente artículo deberán preservarse los equipamientos existentes y considerarse como parte de los aportes reglamentarios.

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