ORD-MML-1849 — Artículo 24°

Ordenanza MML N° 1849 — Aprueba la Anexión al Área Urbana y el Reajuste de la Zonificación de los Usos del Suelo del distrito de Carabayllo (modifica el Plano de la Ordenanza N° 1105-MML) · Carabayllo, Lima · Vigente desde 28 de diciembre de 2014

Artículo 24°.- Vigilancia y el Monitoreo Ambiental Confórmese el Comité de Vigilancia y Monitoreo Ambiental el cual estará conformado por: - Representante de la Gerencia de Ambiente de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en calidad de Presidente. - Representante de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, en calidad de miembro. - Representante del Ministerio de la Producción, en calidad de miembro. - Representante del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en calidad de miembro. - Representante de la Administración Local del Agua Chillón Rímac Lurín - ALA, en calidad de miembro. - Representante de SEDAPAL, en calidad de miembro. - Dos (2) Representantes de las organizaciones ambientales reconocidas en el Registro Único de Organizaciones Sociales de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, en calidad de miembros.

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