Artículo 16°.- Comisión Administradora de Inversión Urbana de Carabayllo En el Contrato de Fideicomiso respectivo se deberá pactar la constitución de la Comisión Administradora de Inversión Urbana de Carabayllo, la cual estará integrada por los miembros siguientes: - Un representante de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima - EMILIMA, en calidad de Presidente. - Un representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en calidad de miembro. - Un representante de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, en calidad de miembro. - Un representante de los Fideicomitentes, en calidad de miembro En razón de constituir la Comisión Administradora de Inversión Urbana de Carabayllo un órgano colegiado, su accionar y ejercicio de funciones se realizará de acuerdo a lo previsto en los artículos 95° al 102° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.