MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA
Segunda.- Dispóngase que en un plazo de 180 días, las Municipalidades Distritales de Lurín y Cieneguilla elaboren sus respectivas Propuestas de Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para el Área de Tratamiento Normativo IV de sus Distritos, y las Municipalidades de Pachacamac y Cieneguilla elaboren las Propuestas correspondientes para el Área de Tratamiento Normativo III. Las mismas serán revisadas y concordadas por el Instituto Metropolitano de Planificación de la MML, y serán presentadas a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación por Ordenanza Metropolitana.