Quinta.- Dispóngase, que todos los Órganos ejecutivos de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de las Municipalidades de Cieneguilla, Pachacamac y Lurín, coordinen permanentemente y ejerzan un estricto control sobre las actividades constructivas y de funcionamiento en los predios que se edifiquen, operen y/o se regularicen a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, garantizando en forma especial, el mejoramiento del entorno ambiental y el irrestricto uso público de los espacios y vías que son propiedad de la ciudad.
Sexta.- La Zonificación Específica que se aprueba mediante la presente Ordenanza desarrolla la Zonificación Generalizada aprobada mediante la Ordenanza N° 310-MML. Deróguese toda otra norma y disposición que se oponga a la presente Ordenanza.
POR TANTO MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA. En Lima a los
JOSE ALBERTO DANOS ORDOÑEZ Secretario General del Concejo
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO ALCALDE DE LIMA
Quinta.- Los Órganos ejecutivos de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de las Municipalidades de Cieneguilla, Pachacamac y Lurin, deben coordinar y controlar actividades constructivas y de funcionamiento en predios edificados, operados y/o regularizados desde la vigencia de esta Ordenanza, garantizando el mejoramiento ambiental y el uso público de espacios y vías de la ciudad. Sexta.- La Zonificación Específica aprobada por esta Ordenanza desarrolla la Zonificación Generalizada aprobada por la Ordenanza N° 310-MML. Se deroga toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA. En Lima a los JOSE ALBERTO DANOS ORDOÑEZ Secretario General del Concejo LUIS CASTAÑEDA LOSSIO ALCALDE DE LIMA
| TIPO DE ZONA | UBICACIÓN Referencial | USOS | LOTE Mínimo | AREA LIBRE | ALTURA Máxima | ESPECIFICACIONES NORMATIVAS | |---|---|---|---|---|---|---|