ORD-MML-1117-LURIN — Artículo DCF-1

Ordenanza MML N° 1117 — Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los distritos de Lurín y Pachacámac (Cuenca Baja del Río Lurín, Áreas de Tratamiento Normativo I y IV) · Lurín, Lima · Vigente desde 11 de enero de 2008

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Garantícese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonificación e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas de los Distritos que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiéndose que los mismos, dentro de dos años, sean evaluados conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidades de los Distritos que conforman la Cuenca Baja de Lurín, pudiendo ser reajustados en lo pertinente.

Durante dicho periodo, se suspenden los Cambios Específicos de Zonificación, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversión que se califiquen de Interés Local por el Concejo Distrital respectivo, o de Interés Metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para lo cual se seguirá el proceso que se precisa en la Segunda Disposición Final.

Excepcionalmente y a pedido de las Municipalidades Distritales que conforman la Cuenca Baja de Lurín, se podrán realizar modificaciones al Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas, a partir de los 180 días calendario de su aplicación.

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