Artículo 6º.- Zona de Reglamentación Especial del Sector Antigua Cantera Arenera La Molina Establecer como Zona de Reglamentación Especial el sector de la antigua cantera de Arenera La Molina, ubicada en los Distritos de Pachacámac y La Molina, señalado en el Plano de Zonificación que se aprueba mediante la presente Ordenanza. El propietario deberá realizar el Estudio de Planeamiento Urbano correspondiente, que considere aspectos de seguridad física, accesibilidad, factibilidad de servicios públicos e impacto ambiental. Formular la propuesta específica en un plazo de 180 días calendario. Dicha Propuesta, con la opinión de las Municipalidades Distritales de Pachacámac y La Molina y del Instituto Metropolitano de Planificación, será presentada a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación por Ordenanza Metropolitana.