MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA Las Ordenanzas Metropolitanas sobre Cambios Específicos de Zonificación, promulgadas con anterioridad a la presente Ordenanza, tendrán plena vigencia hasta el plazo establecido en el Primer Párrafo de la presente Disposición Final.
SEGUNDA.- Establézcase un régimen excepcional de Cambios Específicos de Zonificación que promueva la inversión pública o privada, debidamente sustentados y declarados de interés local por las Municipalidades Distritales de Carabayllo y Puente Piedra, cuando corresponda, y de interés metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para lo cual deberá cumplirse el siguiente proceso: 1. Los interesados presentarán sus iniciativas a las Municipalidades Distritales de Carabayllo y Puente Piedra según sea el caso.