MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA
- El frente de lote, sobre la Av. Chosica o Central, debe respetar la sección normativa correspondiente (40 mts) por ser vía colectora en el Sistema Vial Metropolitano. - En el extremo lateral izquierdo del lote que colinda con uso industrial, debe exigirse un retiro mínimo de 10 metros lineales, arbolizado como aislamiento y protección, con una vía local cuya sección será la correspondiente a una vía local residencial. - En el fondo del lote, debe respetarse el derecho de vía de la línea férrea existente, adicionando un retiro mínimo de 5 mts arbolizado y una vía cuya sección será la correspondiente a una vía local residencial. - En el extremo lateral derecho, debe respetarse la franja de protección correspondiente a los cables de media tensión y luego una vía local adicional a la existente, cuya sección será la correspondiente a una vía local residencial. - Los parámetros para la edificación y habilitación urbana corresponden a la zona Residencial de Densidad Media RDM del Área de Tratamiento Normativo IV de Lima Metropolitana.
Artículo 20°.- Zona de Santa Clara, Distrito de Ate Disponer que en la zona de Santa Clara, Distrito de Ate, delimitada por la Carretera Central, Av. La Estrella, Av. Santa Rosa, Av. San Alfonso, Av. José Quiñónez, Av. Acapulco, Laderas de Cerro, Av. El Sol y Av. Huanchihuaylas, según el Plano de Zonificación, se permita la edificación de conjuntos residenciales en lotes iguales o mayores a 1600 m2 con una altura máxima de 8 pisos.