ORD-MML-1099-LURIGANCHO — Artículo 14º

Ordenanza MML N° 1099 — Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los distritos de Ate, Lurigancho-Chosica y Chaclacayo (Áreas de Tratamiento Normativo I, II y IV) · Lurigancho-Chosica, Lima · Vigente desde 12 de diciembre de 2007

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDÍA uso hasta que cese la actividad o cambie de giro. En este último caso solo se permitirán aquellos usos señalados en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas, compatibles con la calificación Residencial de Densidad Media RDM.

Artículo 14º.- Zona de Reglamentación Especial Fundo Nievería Establecer como Zona de Reglamentación Especial ZRE – 1 el área correspondiente al ex fundo Nievería del distrito de Lurigancho-Chosica, que presenta problemas en su topografía debido a la extracción de arcilla para la elaboración de ladrillos, lo cual dificulta la ocupación para uso urbano. La Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica, en coordinación con los propietarios de los predios, deberá realizar un estudio de Impacto Ambiental y Seguridad Física y el Planeamiento Integral que permita definir las posibilidades de ocupación, factibilidad de tendido de redes de servicios, esquema de vías y usos del suelo. El estudio, con opinión del IMP, deberá ser aprobado mediante Ordenanza Metropolitana.

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